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¿Qué piensas de los animales no humanos?
 
Principios de 'diversidad cultural' y tradición histórica salvarían corridas y peleas de gallos

Julio 28 de 2010

Enlace El Tiempo

La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.
Foto: Archivo / EL TIEMPO
La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.

Eso dice ponencia de la Corte Constitucional que mantendría con vida legal esos espectáculos.

Según esa ponencia, ambas representan una "tradición arraigada y respetable" en Colombia y por eso deben mantenerse a pesar de que puedan ser crueles.

El autor de este informe es el magistrado Humberto Sierra Porto, quien tuvo a su cargo el primer examen a  los argumentos de  la demanda contra la constitucionalidad de la norma que excluye el coleo, las corralejas, las corridas de toros, las becerradas  y las peleas de gallos de un listado de tratos crueles penalizados por el Estatuto de Protección Animal.

En la ponencia, conocida por EL TIEMPO, Sierra Porto le pide a la Corte avalar esos espectáculos y  no declararlos como actos de crueldad, pues a pesar de que en ellos se ejerce maltrato a un ser viviente están sustentados en una tradición arraigada en  la cultura del país.

En estos casos, dice el magistrado Sierra, el principio de diversidad cultural prevalece y obliga a mantener la excepción establecida en la ley. En esto coincide con la opinión del procurador Alejandro Ordóñez, quien en sus conceptos ha calificado estos  espectáculos como "expresiones culturales y artísticas que identifican a los colombianos (...) lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".

Esta es la segunda demanda sobre el mismo tema que estudia la Corte en menos de un año, y en esta ocasión fallará sobre el fondo del asunto, probablemente la próxima semana.

Los demandantes insisten en que esos espectáculos vulneran el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentan contra la paz y la convivencia y violan el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan. Apelan, incluso, al Artículo 12 de  la Constitución y afirman que ni animales ni seres humanos deben ser sometidos a tratos degradantes.

Hasta el momento, otros dos magistrados apoyan plenamente la ponencia de Sierra y uno más sostiene que la demanda no tiene fundamentos y que por lo tanto la Corte no debe pronunciarse.  Otros tres están en favor de la demanda. Y hay dos conjueces que  serán, a la larga, los que decidan para dónde se inclina la balanza.

Ellos son los reemplazos de Mauricio González Cuervo (presidente de la corporación) y Jorge Pretelt. El primero estaba en misión oficial por fuera del país y el segundo tenía problemas de salud, por lo que los abogados Diego López y Gustavo Cuello ocuparon su lugar en el debate. 

Según el reglamento de la Corte, para aprobar un fallo se debe contar con una mayoría mínima de cinco votos y los magistrados que no participaron en una sesión de voto quedaban excluidos del debate.

La próxima semana se reanuda la discusión. Los tres magistrados que se oponen a la ponencia dicen que ante un trato cruel no puede haber excepciones.

Los que apoyan la postura de Sierra Porto plantean que actos como las corridas de toros no sólo son una  expresión cultural sino que cada persona tiene la libertad de asistir o no a esos espectáculos, por lo que no afectan los derechos de nadie en particular.

Ellos recuerdan que esa misma tesis fue el alma de un fallo en el que la misma Corte declaró constitucional la ley del reglamento taurino.

EL TIEMPO conoció que cobra fuerza un bloque que propone declarar constitucional la norma, pero condicionándola a que el Congreso reglamente estos espectáculos y minimice los actos de crueldad hacia los animales.

uno de los ejemplos que se miran es el de Portugal, donde desaparecieron de las corridas la muerte del animal, las banderillas y el castigo con la pica.

En octubre del año pasado, la Corte revisó una demanda similar, pero en esa ocasión se declaró inhibida para decidir sobre ella por problemas de técnica legal en la demanda.  

REDACCIÓN JUSTICIA 

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